Hola & Bienvenido(a) a nuestra página comunitaria Purépecha. ¿Esta es su primera visita? Registrarse
►Chúxapajtsin:
Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter Flickr Venos en YouTube
Resultados 1 al 4 de 4

Tema: Elpidio Domínguez Castro. Crónica del Luchador Social en defensa de la Tierra Comunal. Santa Fe de la Laguna, Michoacán

  1. #1
    irékati Avatar de Pavel Ulianov
    Fecha de ingreso
    23 oct, 10
    Ubicación
    Morelia, Michoacán, México.
    Nombre real
    Pável Uliánov Guzmán
    Mensajes
    107
    Follow Pavel Ulianov On Twitter Add Pavel Ulianov on Facebook

    Post Elpidio Domínguez Castro. Crónica del Luchador Social en defensa de la Tierra Comunal. Santa Fe de la Laguna, Michoacán

    ELPIDIO DOMÍNGUEZ CASTRO Y LA LUCHA POR LA TIERRA



    Indígena P'urhépecha, normalista, marxista, ex guerrillero, presidente de Bienes Comunales de Santa Fe de la Laguna, cofundador de la Unión de Comuneros Emiliano Zapata (UCEZ), militante de la Coordinadora Nacional Plan de Ayala (CNPA), miembro del Consejo Supremo Independiente P'urhépecha (CSIP), ejecutivo de la Coordinadora Regional de Pueblos Indios (CORPI), ejemplo de la lucha incesante de un pueblo en resistencia y combativo, paradigma regional de la movilización social como forma de protesta, defensa y conquista de los derechos indígenas, entre ellos el rescate de la propiedad comunal de la tierra.

    Elpidio Domínguez Castro, nació el 16 de noviembre de 1948* en la comunidad indígena de Santa Fe de la Laguna, Municipio de Quiroga, Michoacán, fue el 5° y último hijo del matrimonio formado por J. Inés Domínguez y María Inocencia Castro, de niño quedó huérfano de madre y fue educado por su hermana Adela (Adelita). Su familia era pobre y se dedicaba principalmente a la alfarería. Sus estudios básicos los realizó en el internado para indígenas en Zinacatepec y en una primara de la comunidad de Tenería en el Estado de México. El siguiente nivel lo efectuó en el internado de la Huerta en Morelia y en 1968 ingresó a la normal rural de Tiripetío, Michoacán.

    En la década de los 70s, militó en el Movimiento de Acción Revolucionaria (MAR), organización guerrillera de formación política en la antigua URSS, de entrenamiento militar en Corea del Norte y con adiestramiento de contrainteligencia en Cuba. Fue reclutado para el movimiento armado por Amafer Guzmán Cruz, en ese entonces líder estatal de la organización político militar y previamente dirigente del Frente Popular Obrero Campesino Estudiantil (FPOCE). A principios de 1973 Elpidio participó junto con moradores de la Casa del estudiante Nicolaíta y estudiantes de la Normal Rural de Tiripetío, en la toma de tierras para la fundación de la colonia popular Emiliano Zapata en Pátzcuaro, Michoacán.

    A partir del segundo semestre de 1973 fue miembro activo del FPOCE y concurrió a marchas, plantones y tomas por diferentes causas populares (servicios públicos, derechos sociales, demandas económicas, etc.), así mismo colaboró en la redacción de diversos números del órgano de denuncia, propaganda y organización del FPOCE el periódico “Proletario”. Subsiguientemente bajo el seudónimo de guerra “Jerónimo”, del 1 al 10 de julio de 1974, asistió a una escuela político militar organizada por el MAR en la casa parroquial de la comunidad de San Juan Tumbio, Pátzcuaro. Cinco días después ejecutó exitosamente junto con sus compañeros de comando una “expropiación” en la ciudad de Morelia con la finalidad de continuar pertrechando a la organización.

    En 1975 acudió a una segunda escuela político militar en el Estado de México y militó por algún tiempo en la organización insurgente Unión del Pueblo (UP). En síntesis fue en el MAR donde se formó y fogueó tanto políticamente como en la guerrilla urbana y rural.

    A finales de los 70's funda un círculo de estudio marxista en Santa Fe y comienza a tener una participación política más activa en su comunidad. Para octubre de 1979 es elegido representante de Bienes Comunales, reorganiza entonces el Consejo de Barrios y convoca a Asambleas Generales, encabezando a partir de estas últimas, la lucha por la recuperación de las tierras comunales, problema presente en la comunidad desde hacía más de 100 años. Después de varias muertes, encarcelamientos, luchas legales, diferentes “expropiaciones”, permanente movilización social, trabajo colectivo, construcción de redes de apoyo, constante difusión de la problemática, toma y defensa armada de las tierras, todo bajo un marco de autoritarismo y represión gubernamental, los P'urhépechas de Santa Fe dan ejemplo de lucha y gracias a que el pueblo se organizó, lograron el deslinde legal de tierras a favor de los comuneros el 13 de julio de 1988.

    Elpidio se pronunció por la participación de todo el pueblo en la toma de decisiones por medio de las Asambleas Generales, defendió ante todo la propiedad comunal y el trabajo colectivo, buscó la mayor participación de las mujeres y jóvenes Purépechas en la vida política, demostró cómo la movilización popular es un camino para obtener reivindicaciones sociales y manifestó siempre la legitimidad prehispánica de los pueblos originarios, entre otras cosas.



    Fue asesinado el 31 de diciembre de 1988 a la edad de 40 años desde un auto en marcha, según autores críticos, en una estrategia montada por el gobierno en contra del líder indígena bajo un contexto nacional de represión y/o asesinato de opositores.

    Cabe mencionar que en 1988, después de una crisis política al interior de la comunidad, se presentó una ruptura del movimiento comunal, representado en general por medio de dos facciones, por un lado la encabezada por Elpidio Domínguez y por otro la de su sobrino Reynaldo Lucas Domínguez, éste último, también militante del MAR, morador de la casa del estudiante nicolaíta, ubicado en su tiempo estudiantil en el dormitorio de Amafer Guzmán, fue reclutado también por él en los círculos de estudio marxistas que existían al interior del albergue estudiantil. Bajo el seudónimo de “Juan” “se dedicó a la compra y adquisición de armas para el movimiento”.

    __________________
    Fuentes:
    Gerardo Hernández: Tesis La ideología y liderazgo del Elpidio Dominguez…1979-1989.
    Oikión Verónica: Movimientos Armados S. XX.
    AGN/FDFS: Declaraciones de ex militantes del MAR, Amafer Guzmán, Genaro Pedroza, Abel Piñón, Rafael Chávez, etc.
    La foto figura también en los archivos de la Dirección Federal de Seguridad en el AGN.

    http://pavelulianov.blogspot.com
    Facebook-Twitter: PavelUlianov

  2. #2
    irékati Avatar de Redacción
    Fecha de ingreso
    10 feb, 08
    Ubicación
    Pueblo P'urhépecha. Michoacán, México
    Mensajes
    653
    Entradas de blog
    3
    Follow Redacción On Twitter Add Redacción on Facebook
    Visit Redacción's Youtube Channel

    Re: ¡Elpidio Domínguez Castro Vive! Crónica Del Luchador Social En Defensa De La Tierra Comunal. Santa Fe De La Laguna, Mich

    Comisión Nacional de los Derechos Humanos. México.
    RECOMENDACIÓN 025/1990
    ASUNTO: HOMICIDIO DE ELPIDIO DOMÍNGUEZ CASTRO.
    México, D.F., a 27 de noviembre de 1990

    C. DR. JAIME GENOVEVO FIGUEROA ZAMUDIO,
    GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN.
    Muy distingudo señor Gobernador:

    La Comisión Nacional de Derechos Humanos, de acuerdo con los artículos Segundo y Quinto, fracción VII, del Decreto Presidencial que la creó, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de junio de 1990, ha examinado el caso del homicidio del señor Elpidio Domínguez Castro que dio origen a la averiguación previa 206/988-II del Estado de Michoacán y vistos los:

    I. HECHOS
    El día 31 de diciembre de 1988 fue privado de la vida en forma violenta el señor Elpidio Domínguez Castro, por cuyo motivo el agente investigador del Ministerio Público del Distrito Judicial de Pátzcuaro, Estado de Michoacán, inició una averiguación previa que quedó registrada bajo el número 206/988-II.

    Ese agente dio fe del cadáver de quien fue identificado como el que en vida llevó el nombre de Elpidio Domínguez Castro, practicó inspección ocular en el lugar de los hechos y recibió las declaraciones de testigos de los mismos; agregó a sus actuaciones los dictámenes periciales congruentes con su averiguación; dio fe de proyectiles y agotada que estuvo la averiguación, ejercitó acción penal ante el Juez Segundo de lo Penal en Pátzcuaro, Michoacán, en contra de Antonio Fuentes Ceja o Rodríguez, identificado como presunto responsable del delito de homicidio calificado y solicitó el libramiento de la orden de aprehensión respectiva.

    También en un acuerdo diferente, el mismo representante social ejercitó acción penal en contra de Francisco López Gutiérrez, estimándolo como presunto responsable en grado de participación en el homicidio del señor Elpidio Domínguez Castro y amplió el ejercicio de la acción penal.

    La Juez Segundo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Pátzcuaro, Michoacán, abrió la causa penal bajo el número 1/989 y con fechas 16 de enero de 1989 y 7 de febrero del mismo año giró órdenes de aprehensión en contra de los consignados Antonio Fuentes Ceja o Rodríguez y Francisco López Gutiérrez, respectivamente, como presuntos responsables del delito de homicidio en agravio de Elpidio Domínguez Castro.

    II. EVIDENCIAS
    Con los datos obtenidos de la averiguación previa registrada bajo el número 206/988-II se establece que con toda oportunidad el Agente del Ministerio Público, segundo investigador de Pátzcuaro, Michoacán, practicó todas las diligencias necesarias tendientes al esclarecimiento de los hechos en los que perdió la vida el señor Elpidio Domínguez Castro como consecuencia de las heridas producidas por proyectiles de arma de fuego.

    Que mediante la obtención de pruebas testimoniales, periciales y de inspección, obtuvo la identificación del presunto autor del delito, Antonio Fuentes Ceja o Rodríguez y del copartícipe en el mismo, Francisco López Gutiérrez.

    Que también con toda oportunidad ejercitó la acción penal correspondiente ante un Juez del Ramo y que éste decretó el libramiento de las órdenes de aprehensión que le fueron solicitadas por el Representante Social.

    III. SITUACION JURIDICA
    Del examen de las constancias remitidas por el señor Procurador General de Justicia del Estado de Michoacán, a solicitud de esta Comisión, se advierte que en cabal uso de las facultades legales que le confiere el artículo 21 Constitucional, el Ministerio Público inició averiguación previa ante la denuncia de un hecho delictuoso como lo es el homicidio y, agotada que fue ésta, ejercitó acción penal ante un Juez del lugar y fuero que corresponde.

    Que el Juez Segundo de lo Penal del Distrito Judicial de Pátzcuaro, Estado de Michoacán, con los datos de la averiguación previa que le fue consignada, tuvo por acreditados el cuerpo del delito y la presunta responsabilidad penal de los inculpados y decretó el libramiento de las órdenes de aprehensión que le fueron
    solicitadas por el Representante Social en contra de los consignados, pues encontró satisfechos los requisitos que imponen los artículos 14 y 16 Constitucionales.Que obran dentro de las constancias remitidas los oficios números 4/989 y 135 por los que le solicita al señor Procurador General de Justicia del Estado de Michoacán ordene que la Policía Judicial localice y aprehenda a los presuntos responsables Antonio Fuentes Ceja o Rodríguez y Francisco López Gutiérrez por el delito de homicidio en agravio de Elpidio Domínguez Castro.

    IV. OBSERVACIONES
    Dentro del informe y remisión de documentos que oportunamente esta Comisión Nacional de Derechos Humanos solicitó al señor Procurador General de Justicia del Estado de Michoacán, se contiene una tarjeta informativa en la que se expone que en atención a la ampliación de la acusación en contra de Francisco López Gutiérrez, el Juez de la causa dictó con fecha 7 de febrero de 1989 orden de aprehensión en contra de dicho inculpado, pero que éste interpuso Juicio de Amparo que se tramitó bajo el expediente número III 849/89 ante el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado; y con fecha 22 de septiembre de ese mismo año resolvió concederle a Francisco López Gutiérrez el amparo y protección de la Justicia Federal, quedando sin efecto la orden de aprehensión decretada en su contra.

    No obstante lo anterior, también es de advertirse que a pesar de que desde el 16 de enero de 1989 el Juez Segundo de lo Penal del Distrito Judicial de Pátzcuaro, en el Estado de Michoacán, giró al señor Procurador General de Justicia del Estado, el oficio número 4/989, ordenando la aprehensión y detención de Antonio Fuentes Ceja o Rodríguez por el delito de homicidio en agravio de Elpidio Domínguez Castro, hasta la fecha dicha orden no ha sido cumplimentada y se ignora, pues dentro del informe solicitado no consta qué medidas o acciones ha desarrollado la Policía Judicial del Estado de Michoacán para cumplir la orden dictada por la Autoridad Judicial. Ello indudablemente genera una clara violación de los derechos humanos en agravio de los denunciantes, pues la falta de ejecución de la orden de aprehensión está trayendo como consecuencia un estado de impunidad respecto del presunto responsable de un hecho tan grave como es la privación violenta de la vida de otra persona que, tipificada por la Ley penal como delito de homicidio, debe ser objeto, quien lo cometió, de las penas que la ley sustantiva penal impone.

    Atento a lo anterior, esta Comisión Nacional de Derechos Humanos se permite hacer a usted, Señor Gobernador, las siguientes:

    V. RECOMENDACIONES

    PRIMERA.- Que el señor Procurador General de Justicia del Estado de Michoacán gire instrucciones al C. Director de la Policía Judicial de esa Entidad, a fin de que realice todas las acciones que conforme a su función corresponden, hasta lograr la localización y aprehensión de Antonio Fuentes Ceja o Rodríguez y lo interne en la cárcel a disposición del Juez Segundo de lo Penal del Distrito Judicial de Pátzcuaro, que ordenó su aprehensión como presunto responsable del delito de homicidio en agravio de Elpidio Domínguez Castro.

    SEGUNDA.- Que el propio señor Procurador informe a esta Comisión sobre los logros de la Policía Judicial del Estado de Michoacán, relacionados con esa orden de aprehensión que le corresponde cumplimentar.

    Sin otro particular, reitero a usted las muestras de mi más alta y distinguida consideración.

    ATENTAMENTE
    EL PRESIDENTE DE LA COMISION

  3. #3
    Erójpeti Avatar de Tatá Javie
    Fecha de ingreso
    10 feb, 08
    Ubicación
    Estado de Kentucky, USA - Originario de Santa Fe de la Laguna
    Nombre real
    Javier Mellápeti Cuiriz
    Mensajes
    1,588
    Follow Tatá Javie On Twitter Add Tatá Javie on Facebook Add Tatá Javie on Google+
    Visit Tatá Javie's Youtube Channel Visit Tatá Javie's Vimeo Channel

    Re: ¡Elpidio Domínguez Castro Vive! Crónica del Luchador Social en defensa de la Tierra Comunal. Santa Fe de la Laguna, Mich


    “Esta comunidad ha dicho ¡Basta!”: antiguo mural de Santa Fe de la Laguna.
    Yo tuve la fortuna de conocerlo, sin duda todavía seguimos escuchando su voz. Fue muy triste al menos para mi verlo en sus últimos meses de vida, ya que se literalmente se enfrascó en un problema de alcoholismo muy fuerte y la verdad muchos de nosotros nos daba pena verlo de esa manera. Lo recuerdo como uno de los mas grandes luchadores sociales no solo de nuestro pueblo, pero también del estado de Michoacán y otros países como Nicaragua, Cuba y Venezuela, entre otros países en donde él tuvo oportunidad de relacionarse. Hoy en día podemos seguirlo viendo a través de la Película: ¡Juchari Uinapekua!, mismo que pueden verlo desde este enlace: http://www.purepecha.mx/threads/3765...Michoac%C3%A1n

    Muchas gracias por el artículo, sin duda uno de los mas grandes luchadores sociales de esa época y un personaje que marca la época en que las comunidades indígenas gritan ¡Ya Basta!.


    El plantón de Morelia, recordado en el antiguo mural de Santa Fe de la Laguna

  4. #4
    irékati Avatar de iarhini
    Fecha de ingreso
    22 ene, 10
    Ubicación
    Comachuén, Michoacán, Méx.
    Nombre real
    Raúl Cruz Sebastián
    Mensajes
    229
    Add iarhini on Facebook

    Re: ¡Elpidio Domínguez Castro Vive! Crónica Del Luchador Social En Defensa De La Tierra Comunal. Santa Fe De La Laguna, Mich

    Muy buen articulo Pavel, es de mucha aportacion de informacion en tu texto que no sabiamos y gracias a tu investigaciòn, su servidor no tuvo el honor de conocerlo pero muchas cosas se han hablado en torno a sus figura, sin embargo, lo que si nos llama la atencion es de su trayectoria que tuvo, tanto en la academia, y como luchador social y que estuviera relacionandose con organizaciones sociales de otros paises.

    Sin duda para muchos de nosotros su nombre desata imagenes de lucha, y resitencia y compromiso social.

    Saludos

 

 

Información de tema

Usuarios viendo este tema

Actualmente hay 1 usuarios viendo este tema. (0 miembros y 1 visitantes)

Puedes también dejar un comentario en este tema, usando simplemente tu cuenta de Facebook:

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  

Esta página comunitaria se reserva el derecho de prohibir el uso de cualquier programa, archivos y/o información en concordancia con los Derechos de Autor. www.Purepecha.mx NO aloja ningún tipo de material con Derechos de Autor en su Servidor, todo lo que aquí se encuentra y muestra son links o enlaces a servidores externos y la WEB ni el Staff tienen responsabilidad legal directa sobre dicho material.
Solo unas cuantas partes de ésta página Web tiene COPYLEFT. Y para el resto, siempre se agradecerá que se cite a los autores originales y correspondientes del contenido de la obra: música, imágenes, archivo(s), vídeos, documentales, películas y escritos P'urhépecha (Purepecha) en cuestión. Esta página de comunicación indígena por asamblea comunal de la Cultura P'urhépecha se distribuye bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional. Basada en una obra en http://www.purhepecha.org. Permisos que vayan más allá de lo cubierto por esta licencia pueden encontrarse en http://www.purepecha.mx
Este sitio Web es la propiedad intelectual de tod@s los P'urhépecha de Michoacán, México y en el Extranjero. Ha sido creado y diseñado exclusivamente con Fines Culturales desde el día Domingo 10 de Febrero de 2008, es expresamente prohibido utilizar este sitio para fines comerciales y de lucro ajenos a las costumbres y tradiciones de la Cultura P'urhépecha.
Este sitio se administra y diseña desde la Comunidad Indígena de Santa Fe de la Laguna, Municipio de Quiroga, Michoacán, México.
En común acuerdo, nos reservamos el derecho de admisión y expulsión o baneo de usuarios(as) registrados.
www.Purhepecha.org + www.Purhepecha.com + www.Purhepecha.mx
El huso horario es GMT -5. La hora actual es: 00:33.
Powered by vBulletin® Version 4.2.5
Copyright © 2024 vBulletin Solutions, Inc. All rights reserved.
Traducción por vBulletin Hispano Copyright © 2024.
Página comunitaria, medio de comunicación del Pueblo P'urhépecha, Michoacán, México.
www.Purhepecha.com Todos los derechos reservados © Copyright 2008-2020.